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¿Estas listo para operar con proveedores de recepción?


Por: Rafael Zanón Fernández - EDICOM



Próximamente se publicará el listado de los PSRDD autorizados por el SAT para validar, certificar y enviar los documentos digitales tributarios que han sido definidos de manera electrónica por el SAT. Si ya estás empleando el portal del SAT para entregar tus documentos tributarios, estás preparado para emplear los servicios de un PSRDD para automatizar y optimizar tus procesos. Puedes elegir entre seguir haciendo las cosas como hasta ahora, o utilizar uno de estos proveedores, que estarán brindándote un mayor valor agregado.


A continuación te explicamos algunas cuestiones a tener en cuenta al considerar a un PSRDD como intermediario en tu proceso de entrega de documentos tributarios.

La Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 adelantó que este año se crearía la figura del Prestador de Servicios de Recepción de Documentos Digitales, más conocida como PSRRD. Estos proveedores autorizados serán responsables de validar los documentos digitales, certificarlos y enviarlos de forma segura al SAT, además de proporcionar una constancia del trámite al contribuyente. El objetivo es: aumentar la disponibilidad del servicio, ofrecer soluciones más avanzadas a las empresas y, en definitiva, facilitar las gestiones de comunicación electrónica directa de los contribuyentes.

Los PSRDD actuarán como “ventanillas electrónicas”. Es decir, el portal del SAT dejará de ser la única vía de recepción de documentos digitales. Tal y como explicó el presidente de AMEXIPAC, Jorge López Chapa, en el boletín del mes de julio, los PSRDD estarán autorizados para recibir y certificar la declaración del IVA, la contabilidad electrónica o la declaración anual de asalariados, entre otros documentos.

Por el momento, el SAT no ha publicado el listado de PSRDD autorizados. Una vez que esto se produzca, las empresas podrán continuar empleando los servicios del SAT o bien comenzar a operar con estos proveedores externos, sin necesidad de realizar ningún proceso previo. Se trata de una medida optativa, aunque los contribuyentes que decidan hacer uso de ella obtendrán importantes ventajas.

Para empezar, los tiempos de respuesta se reducirán. De hecho, los PSRDD tendrán la obligación de entregar el documento al contribuyente con el sello digital del SAT incorporado, el XML del acuse y la representación gráfica de forma instantánea. Después, el mismo proveedor se encargará de verificar la entrega y registro del documento en el SAT, algo que deberá producirse en menos de una hora.

La validación de los documentos por parte de los PSRDD aporta mayor seguridad y rapidez. Además, hay que tener en cuenta que estos proveedores ofrecerán soluciones más ágiles, por lo que todos los procesos tributarios se van a acortar y simplificar. Uno de los principales valores agregados será la integración automática con los sistemas de gestión/ERP’s, que evitará tener que realizar trámites manuales, como sucede actualmente.

¿Cómo elegir un PSRDD?
A pesar de que todos los PSRDD cumplirán con los requerimientos impuestos por el SAT, las capacidades tecnológicas de cada proveedor serán diferentes. Para decidir el que más conviene a tu empresa, es recomendable tener en cuenta estas características:

  • Compromiso de disponibilidad
  • Algunas compañías garantizan por contrato un compromiso de disponibilidad en sus soluciones superior al 99%.
  • Usabilidad de la plataforma 
  • Asegúrate de que la solución de entrega de los documentos es fácil de utilizar y se adapta a tus necesidades.
  • Valor agregado
  • Valora las capacidades tecnológicas del PSRDD. Es posible implementar integraciones con tu sistema contable para automatizar la emisión y entrega de los documentos al SAT. 
  • Servicio global
  • ¿Por qué no dejar en manos de un único prestador de servicios todas tus comunicaciones con el SAT? Interactuar con una sola empresa te ayudará a ser más eficiente.
  • Soporte técnico
  • Exige que, ante cualquier problema, el proveedor te responda de forma ágil y solvente. Esto lo puedes verificar mediante las certificaciones del proveedor y el SLA que ofrece (Acuerdo de Nivel de Servicio).

Próximamente los proveedores de recepción autorizados podrán consultarse en la página web del SAT. Una vez más, el mundo fiscal y el tecnológico volverán a darse la mano para mejorar el servicio y facilitar el cumplimiento a los contribuyentes, haciendo más eficientes y competitivas a las empresas, ya sean grandes, medianas o pequeñas.