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Claves de Productos y Servicios en CFDI v3.3


Por: Emilio Bernal - Interfactura

A partir del 1º de Julio 2017, todos los contribuyentes deberemos incluir el catálogo de las claves de Productos y Servicios en la emisión de nuestros CFDIs.

  • Problemática:
  • El emisor realiza de forma incorrecta el cálculo y la suma de los impuesto trasladados o retenidos, al no distinguir entre los conceptos gravados y exentos de forma eficaz.
  • Solución:
  • Uso obligado de catálogos para la identificación de productos o servicios, así como para el cálculo de impuesto (trasladados y/o retenidos).
  • Implementación de reglas de validación, donde el importe de las tasas o cuotas debe ser igual al total del impuesto de cada uno de los impuestos (trasladados o retenidos).
CFDI versión 3.3 - 22 campos nuevos (14 requeridos y 8 opcionales)


El mayor cambio está en la sección de conceptos, con la idea de especificarlos de forma eficiente. Esto lo podemos apreciar en el gráfico de la estructura del nuevo Anexo 20:



Relacionamiento entre catalogos
Es importante identificar que la forma como la autoridad ha especificado el correcto cálculo de impuestos para cada concepto que sea incluido dentro de la expedición del CFDI, es en base a la interrelación de los siguientes catálogos:
  • ClaveProdServ
  • ClaveUnidad
  • Impuesto
  • TasaOCuota
  • TipoFactor


Clave Producto o Servicio – Identificador del producto o servicio

En este campo se debe registrar una clave que permita clasificar los conceptos del comprobante como productos o servicios. Se deben utilizar las claves de los diverso sproductos o servicios de conformidad con el catálogo c_ClaveProdServ publicado en el Portal del SAT. Se deben incluir los impuestos o complementos aplicables cuando la clave seleccionada lo indique en el catálogo.
·   En el caso de que la clave de un producto o servicio no se encuentre en el catálogo se debe registrar la clave 01010101.


  • Unidad de medida – Definición de la unidad de medida fiscal que reconoce la autoridad.
  • Tipo Factor – Define cuál es el factor de impuesto a aplicar al concepto
  • Impuesto – Donde se identifica el tipo de impuesto a considerar (ISR, IVA, IEPS)
  • Tasa o Cuota – Definición del valor mínimo o máximo de impuesto que deberá aplicarse al concepto.
Matriz de errores CFDI 3.3
En dado caso que la información de los productos o servicios incluidos en el CFDI, no cumpla con la calidad de información que definen las reglas de validación expuestas en el estándar del anexo 20 3.3, el contribuyente obtendrá una respuesta del PAC con la relación de errores, contenida en la “Matriz de errores del Anexo 20”.
(disponible aquí)

Conclusión
Es importante reconocer el impacto de la implementación del catálogo de productos o servicios en la solución de CFDI 3.3, pues no se trata de únicamente de seleccionar la clave del producto/servicio correspondiente para aquellos conceptos que actualmente la corporación incluye en la emisión de sus facturas; se trata de relacionar ese producto o servicio con los catálogos asociados a los atributos de impuestos (trasladados o retenidos) que se deben calcular para cada concepto en base a los catálogos correspondientes. Todo esto, considerando las reglas de validación que apliquen en cada caso. Es importante que los contribuyentes reflexionen y tengan claro el impacto en el flujo de actividades de negocio derivado de la implementación de dichos catálogos.